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  • Consulta : 108821
  • Autor : mascaranegra
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    Respuesta No: 218880

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El que vende debe tener esos y todos los dicumentos a su  nombre, por un termino anterior a 2 años o mas, documentos que demuestran que fue usada como casa habitaciòn, al efecto de que no se cobre el isr por la venta, ni al que vende ni al que compra.

    Llamo su atenciòn, al hecho juridico de que entre cada uno de las fracciones no se usa la conjunciòn disyubtiva, Y/O, por lo que son todos los documento, no un de ellos.