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  • Consulta : 108753
  • Autor : tuamigoabogado
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  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguida Consultante

    A los 22 años las personas son adultos, con capacidad de goce y descernimiento, saben perfectamente que hacer y con quien tener ayuntamiento carnal, no es ninguna chiquilla del kinder si no una señora, así mismo saben que el meterse con un hombre durante 12 meses sin protección se expone a una enfermedad de trasmisión sexual o a procrear un niño.

    La vida obscura de este señor de 38 y una relación de 365 días a la Señora fue lo que menos le importo a la hora de la cama.

    Trascribo sus preguntas

    1.-Legalmente se puede hacer algo contra este sujeto?

    Ambos progenitores pudieron cometer el delito previsto y sancionado por el ordinal 357 en grado de tentativa

    Código Penal Coahuila

    Artículo 357.- FIGURA TÍPICA DE ABORTO. Comete aborto quien causa la muerte al producto de la concepción en cualquier momento del embarazo.

    Las sanciones están establecidas en el siguiente:

    Artículo 358.- SANCIONES PARA EL ABORTO CONSENTIDO. Se aplicarán de uno a tres años de prisión y multa: A la mujer que se procure su aborto o a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de aquélla.

     

    2.-contra el medico que realiza este tipo de abortos-seguramente es clandestino-

    Artículo 360.- SANCIÓN ADICIONAL A MÉDICOS, PARTEROS O ENFERMEROS QUE CAUSEN EL ABORTO. Si el abortolo causa un médico, partero o enfermero, además de las sanciones que les correspondan conforme a los artículos anteriores, se les suspenderá de dos a seis años en el ejercicio de su profesión u oficio.

    3.-y  como enfrentar con el tipo el derecho que tiene la criatura de vivir y ser atendido durante el embarazo.

    El derecho a la vida del producto está protegido por el estado tramiten el seguro popular será de mucha utilidad

     En caso de duda quedo a la espera de su contacto

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx