- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 108036
- Autor : Primus Tribunus
- Consultas en Foro: 14
- Respuestas en Foro: 2384
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4412
- : 22 %
- : 77 %
-
AutorRespuesta No: 218050
-
Fecha de respuesta: Lunes 04 de Abril de 2011 22:06 2011-04-04 22:06 desde IP: 189.136.241.159
cecilia_caborca:
En primer lugar, debe esperar a que el juez, después de la sentencia, dicte un auto por elque declare que ya causó ejecutoria, es decir, que la sentencia queda firme y ya no podrá ser modificada.
Si usted contrae matrimonio antes del auto que declare la ejecutoria, entonces cometerá bigamia, porque en virtud de que la sentencia está sin ser ejecutoria, se considera que su matrimonio todavía subsiste.
Finalmente, si usted contrae matrimonio sin esperar a que transcurra el año que especifica la ley y la sentencia, entonces usted cometerá el delitode desobediencia a un mandato legítimo de autoridad, comolo es la sentencia ejecutoria.
-
Autor