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  • Consulta : 107987
  • Autor : camacho
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  • Autor
    Respuesta No: 224492

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Señor, si no le pagan debe demandar el pago por la via legal y en su caso embargarle bienes al deudor, si el unico bien es la casa, y si  esta en el D. F., debera solicitar la cancelacion del embargo y embargarle la casa. Con respeto al forista que antecede, si el documento esta firmado por el deudor, y se encuentra llenado, aun cuando exista en el llenado alguna falla, es factible el cobro por la via ordinaria. Atte. Lic. J. L. Camacho.