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  • Consulta : 107524
  • Autor : CALIXTO
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  • Autor
    Respuesta No: 217426

  • CALIXTO
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado consultante:

    Solamente tienes derecho a:  días de sueldos trabajados y que no te hayan sido pagados, asi como a que te liquiden partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones no disfrutadas, gratificación por vaciones no disfrutadas así como alguna otra prestación que tengan pendiente de liquidarte. Saludos. Calixto.