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AutorRespuesta No: 217492
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Fecha de respuesta: Jueves 31 de Marzo de 2011 13:22 2011-03-31 13:22 desde IP: 189.136.174.44
angel de la luna; Recibe nuevos saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de Mèxico: Ya se lo comenté anteriormente, de esta manera(aclaro, a veces es más fuerte la necesidad del trabajo) o no?
También le reiteré, que piense bien lo que quiere hacer (defensa de sus derechos laborales) ya que como lo comenta AMA a su TRABAJO a su NIÑOS, pues así es, todo propósito TIENE SUS RIESGOS, y CLARO ! ! ! Que la GRABACIÓN le servirá de PRUEBA ante un PROBABLE juicio.
Usted lo dijo, no yo, (aclaro) no seamos "borreguitos" ó irnos hacia lo que piense la MAYORIA.
Aquí le dejo otra tesis:
PRUEBAS DE AUDIO Y VIDEOGRABACIÓN EN EL JUICIO LABORAL. ATENDIENDO A SU NATURALEZA, SU DESECHAMIENTO POR NO ACOMPAÑARSE EN SU OFRECIMIENTO LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA SU DESAHOGO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO.
Texto: Si bien es cierto que el artículo 780 de la Ley Federal del Trabajo establece la obligación de ofrecer las pruebas acompañadas de todos los elementos necesarios para su desahogo, también lo es que tratándose de la prueba consistente en casetes, uno de audio y otro de video, resulta improcedente que la autoridad laboral la deseche con base en que al ser ofertada no se exhibieron los instrumentos electrónicos necesarios para su práctica, ya que, en todo caso, debe conminar a su oferente para que el día y hora que fije para su desahogo, allegue los medios con los que pueda llevarse a cabo su reproducción, pues dada su naturaleza, resultaría ilógico pretender que al escrito de ofrecimiento deban acompañarse, además de los respectivos casetes, un audio reproductor, una video reproductora y un aparato de televisión, mecanismos que estarían en poder de la responsable durante todo el tiempo que transcurra hasta su diligenciación, lo cual sería oneroso para el oferente; consecuentemente, si la prueba es desechada, ello constituye una violación a las reglas del procedimiento que afecta las defensas del oferente y trasciende al resultado del fallo.”REITERO no firme NADA ni entregue NADA, si decide DEMANDAR, vaya a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de su Estado, NO ENTREGUE DOCUMENTOS ORIGINALES sólo copias, de las grabaciones y/o videos también conserve COPIAS (C`Ds).
Y si requiere de PARTICULAR tenga cuidado é INVESTIGUE que conosca la materia LABORAL. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! !
Si tiene más dudas con gusto por este mismo medio estoy para servirle. Relajese y no pasa nada, recuerde que está peleando sus derechos laborales nada más.
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