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  • Consulta : 106707
  • Autor : tulio_ciceron
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    Respuesta No: 216386

  • tulio_ciceron
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Depende del criterio del Juzgado en cuestión.

    Si es en familiares, por lo regular te tienen por autorizado sin necesidad de registrar tu cédula, salvo uno que otro Secretario molesto que te pide incluso registrarte en Presidencia del Tribunal o exhibirla en la primera audiencia; en civiles aplica igual.

    De ahí en fuera, puedes promover sin problema alguno.

    Saludos.