- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 106707
- Autor : tulio_ciceron
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 192
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3674
- : 43 %
- : 56 %
-
AutorRespuesta No: 216386
-
Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Marzo de 2011 22:28 2011-03-23 22:28 desde IP: 201.102.10.192
Depende del criterio del Juzgado en cuestión.
Si es en familiares, por lo regular te tienen por autorizado sin necesidad de registrar tu cédula, salvo uno que otro Secretario molesto que te pide incluso registrarte en Presidencia del Tribunal o exhibirla en la primera audiencia; en civiles aplica igual.
De ahí en fuera, puedes promover sin problema alguno.
Saludos.
-
Autor