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  • Consulta : 106524
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 216197

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    De vista de la diligencia de embargo a la persona moral, para que ésta por conducto de su representante o apoderado con facultades suficientes,  interponga una tercería excluyente de dominio, fundandose en la documental de que el bien embargado esta fuera del patrimonio del deudor o aval en su caso.