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  • Consulta : 106202
  • Autor : SHREK
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  • Autor
    Respuesta No: 215743

  • SHREK
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenas noches estimada consultante:

     

    En respuesta a su consulta le comento que una relacion de trabajo se da cuando exista una subordinaciòn, estar sujeto a un horario de trabajo y realizar las actividades dentro de las instalaciones de la empresa. Por lo que mensiona su caso esta dentro de estos tres supuestos, y es por esto que a usted le estan violando sus derecho laborales, por lo cual yo le sugiero que se asista de un abogado especialista en derecho laboral, para que analice su caso mas detenidamente. Dicho lo anterior, le comento puede dirigirse a la junta local de consiliacion y albitraje de su localidad, a efecto de que citen a su patron para que responda por los atropellos que esta realizando en contra de su persona o podria acudir al imss, de su localidad, al area de auditorias patronales para que le realicen una visita a su patron y responda por las irregularidades que existen en su contra y en todo momento si a usted la contrato una empresa distinta a la que le presta servicios, no importa ya que su patron tendra la obligacion de demostrar que el no la contrato y tendra que proporcionar el nombre de la empresa que segun él la contrato.

     

    Estimada Yedira, por lo que yo ley no existe el delito de falsificacion de documentos y uso indevido, por otro lado sí le estan violando sus derechos constitucionales, consagrados en el art. 123 de la carta magna, pero por eso tambien existe una ley reglamentaria que es la ley federal del trabajo y a su vez la junta local de conciliacion que es la autoridad encargada de conocer y resolver cualquier controversia que exista entre el patro y el trabajador, por lo cual no hay necesidad de asistir a la comision nacional de los derecho humanos.