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  • Consulta : 106004
  • Autor : GABRIEL CHISCO
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  • Autor
    Respuesta No: 215524

  • GABRIEL CHISCO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Estimada consultante, debes saber que la Ley del Seguro Social establece en sus artículos 97, 101 y 102 que para tener derecho a la prestación en dinero en caso de maternidad, debes tener cubierto por lo menos TREINTA cotizaciones semanales (osea 7 meses y medio y no un año como tu dices) en un periodo de doce meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio (fecha probable del parto). Además como mujer embarzada y en lactancia, se establece que recibiras el 100% del último salario diario de cotización el que recibirá durante cuarenta y dos dias anteriores al parto y cuarenta y dos dias posteriores al mismo.

     

    Para mayor informacion comunicate con el Lic. Gabriel Chisco a traves de correo electronico: gchisco h o t m a i l. c o m