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AutorRespuesta No: 215505
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Marzo de 2011 11:16 2011-03-17 11:16 desde IP: 189.228.238.79
Por el momento no puedes pedir reducción de pensión, sino hasta que se decrete la definitiva, pero puedes pedir amparo y meter como pruebas las copias certificadas de los otros juicios de pensión alimenticia que tienes en tu contra; así también deberás incluir los recibos de nómina donde aparece tu descuento. En vista de ello y con los conceptos de violación que haga valer tu abogado, el juez federal decidirá si la cantidad decretada como pensión es correcta o el Juez Familiar debe dictar una nueva en su lugar.
Como dato importante, no omitas manifestar en tu demanda de amparo que el Juez Familiar toma en cuenta para el descuento el 100% de tus ingresos ordinarios y extraordinarios, lo cual es incorrecto en atención a lo arriba manifestado.
Los impuestos no entran dentro de la pensión alimenticia, pues sólo procede su descuento sobre "el total de tus percepciones" y obviamente que los impuestos son retenciones que por ley el patrón debe hacerte a tí como su empleado, por lo que no se toma en cuenta para calcular el descuento para la pensión de tus hijas.
Lo anterior, no te priva del derecho de ofrecer cuantas pruebas consideres necesarias para el contradictorio dentro de juicio, a efecto de que la cantidad definitiva que se fije en tu contra, sea menor que el actual 36%. Tu abogado sabe cómo.
En lo que respecta a las otras dos pensiones del 20% cada una, en esas sí... si puedes pedir reducción, siempre que demuestres que tus hijos tienen ingresos propios, o que disminuyeron los tuyos, como sucede en éste caso. Para ello, deberás acompañar copia certificada del descuento provisional del nuevo juicio en el incidente donde tramites la reducción de pensión. De igual forma se lleva a cabo una audiencia para el desahogo de pruebas, alegatos... y se dicta sentencia.
Si el juez no decreta la reducción, te queda la apelación y en su caso, el amparo.
Saludos.
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