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  • Consulta : 105168
  • Autor : Lionel Huitz
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  • Autor
    Respuesta No: 214604

  • Lionel Huitz
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La ley dice que debe ser pública esa información, sin embargo con recursos como el secreto y las autorizaciones de las partes por escrito, pareciera lo contrario. Depende también del estado en el que te encuentres. Por ejemplo en el Estado de México necesitas registrarte en las oficinas del Juzgado. En otros estados no es necesario registrarse.