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  • Consulta : 104409
  • Autor : victorlunacastro
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  • Autor
    Respuesta No: 213699

  • victorlunacastro
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Reciba un cordial saludo, y con relación a su consulta, permitame exponer lo siguiente: 

    El usufructo es un derecho Real al uso y goce de la propiedad, ya sea directamente viviendo en ella o bien, indirectamente cobrando rentas o percibiendo los frutos del inmueble. 

    Lo que usted tiene es la "nuda propiedad" pero además en "copropiedad" con sus hermanas, puede usted vender, pero el comprador NO PUEDE USAR LA PROPIEDAD NI GOZAR DE ELLA mientras subsista el usufructo a favor de su Mama. 

    Además de lo anterior, debe obtener la "renuncia al derecho del tanto" de que gozan sus copropietarias, es decir sus hermanas. 

    Todo esto lo puede resolver ante el Notario que elabore la escritura correspondiente, bajo el siguiente orden: 

    1.- Identificación de las secciones determinadas de uso exclusivo a favor de cada copropietario.

    2.- Renuncia al Usufructo vitalicio por parte de su Mama, por cuanto hace a la sección que le corresponda a Usted. 

    3.- Anuncio de la oferta de compraventa de su participacion en la copropiedad y derecho de uso. 

    4.- Renuncia al derecho al tanto por parte de sus copropietarias (sus hermanas) esto lo pueden hacer mediante una declaración ante el Cónsul de México en el lugar donde resida su hermana "foránea"

    5.- Compraventa de su parte y entrega de la sección determinada para su uso exclusivo. 

    Es complicado, pero se puede hacer. 

    Espero que estos comentarios le resulten de utilidad. 

    Atte: 

    Lic. Víctor Luna; Luna Castro y Asociados S.C.; Cel 04455-5435-6073