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  • Consulta : 104399
  • Autor : F430LEGAL
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    Respuesta No: 213690

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Si se casaron en el D.F, o establecieron su ultimo domicilio conyugal en esta ciudad, se puede divorciar sin necesidad de invocar ninguna causal, solo basta que usted quiera, en la solicitud , se debe anexar un convenio para liquidar la sociedad conyugal ( si se caso bajo ese régimen ) , la forma de atender las necesidades de los hijos, etc.

    Le dejo esta información, esperando le sea de utilidad-

     

    DIVORCIO EXPRES O INCAUSADO EN EL D.F

    ¿QUE NECESITA PARA TRAMITAR SU DIVORCIO EN MEXICO D.F.?

    1.-Tener al menos un año de haber contraído matrimonio.

    2.-Tener su domicilio conyugal o domicilio en común con su pareja en México D.F.

    3.-El acta de matrimonio y actas de nacimiento de sus hijos.( de tenerlos)

    Que lo solicite uno de los cónyuges, ante un Juez de lo Familiar, en el Distrito Federal; el procedimiento es el siguiente:

    DOCUMENTOS QUE SE REQUIEREN PARA PRESENTAR SU DEMANDA DE DIVORCIO:

    • Copia certificada de Actas de Nacimiento de los hijos procreados ( de tenerlos).
    • Copia certificada de Matrimonio.

    En caso de haber contraído matrimonio bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal, se necesitara copia certificada de las capitulaciones matrimoniales o convenio de sociedad conyugal.

    LA PROPUESTA DE CONVENIO, CONTIENE; ADEMÁS DE OTROS PUNTOS, PRINCIPALMENTE LO SIGUIENTE:

    1. Liquidación de la sociedad conyugal, si se caso bajo ese régimen, es decir la forma como se liquidaran los bienes mancomunados.

     

    1. Régimen de visitas y convivencias a que tendrá derecho el cónyuge que no se quede con la guarda y custodia de los hijos.

     

     

    1. El monto de la pensión alimenticia que se otorgara a los hijos.

     

    • Se presenta la demanda y el convenio ante el Juez de lo Familiar.

     

    • Se notifica de la demanda y del convenio al otro cónyuge.

     

    • El cónyuge demandado tendrá 15 días hábiles para presentar su contrapropuesta de convenio o manifestar su conformidad con el convenio exhibido por la parte que promovió el divorcio.

     

     

    • Si el cónyuge notificado ofrece su contrapropuesta de convenio dentro del término citado, el juzgado señalara día y hora para la celebración de una audiencia, en la que se tratara de unificar o conciliar los puntos de la propuesta y contrapropuesta de los convenios exhibidos por ambos cónyuges.

     

    • En caso de no llegar a un acuerdo en la propuesta y contrapropuesta del convenio multicitado, el juez; decretara el divorcio mediante sentencia; y dejará a salvo los derechos de ambos cónyuges, para resolver al respecto sobre los puntos en los cuales no se pusieron de acuerdo en la propuesta y contrapropuesta de los convenios exhibidos por ambos cónyuges.

     

     

    • Estas diferencias se resolverán dentro del mismo expediente, a través del incidente correspondiente.

    Nota: El juez emitirá sentencia de divorcio, aun cuando no se hayan puesto de acuerdo ambos cónyuges en cuanto a los convenios exhibidos.

    DURACIÓN DEL DIVORCIO INCAUSADO

    El divorcio incausado tarda en decretarse en un término máximo de dos meses, contados a partir de que se ingresa la demanda de divorcio.