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AutorRespuesta No: 213385
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Marzo de 2011 21:09 2011-03-02 21:09 desde IP: 187.194.48.187
pues no tienes salvaciòn...pero puedes alegar eso.. que nunca te mantuvo...bajo el principio... el que da ...tiene derecho a recibir...pra el codigo civil de tu entidad...2011...no uno del basurero... y checa el capitulo de alimentos....ahi viene.... y busca un abogado como de rayo... no dejes de contestar.... y niegate desde el principio... pero ...los primeros 13 años de tu vida...vivio contigo.... y tiene derecho a esos años...por eso digo que ya te fregates...busca testigos ...de que en ese periodo no te mantuvo... pero que no sean mentirosos...porque te cae el karma penal y al bote... suerte
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