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  • Consulta : 103898
  • Autor : FLORES-ABOGADOS
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  • Autor
    Respuesta No: 213971

  • FLORES-ABOGADOS
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Nomas acuérdate quienes pueden certificar documentos......

     

    Si directamente  tú presentas una copia "certificada" de un cheque, y ésta certificación se hizo por un sujeto, empleado de cualquier banco, sea el puesto que sea, pues, te la van a objetar y te la pueden tumbar, ya que la persona que dizque "certifica" no tiene fe pública;   cosa diferente es cuanto ofreces una documental privada y ofreces también el cotejo con su original que se ubica en "tal" lado;     o bien puedes ofrecer la prueba de informe vía oficio con petición de remision de copia autorizada del documento que pretendes acreditar;    una cosa es presentar una documental como "certificada" y que legalmente no lo sea, y otra es que, determinada persona representante de diverso banco informe al Juzgado de determinado acto jurídico-mercantil.   

     

    Ahora que, si estás ofreciendo pruebas en un JUICIO penal, o eres el MP, o eres el defensor.....si eres el MP...pues ya ni chiflas preguntando ésto .....si eres el defensor, checa el 106 de la Ley de Instituciones de Crédito, y después piensa....¿por ganarme un peso, voy a sujetar la libertad de una persona a mi ignorancia?      mejor comparte honorarios con alguien que sepa........y saque el problema adelante.....