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  • Consulta : 103704
  • Autor : LicVelazquez
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  • Autor
    Respuesta No: 212833

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante:

    Usted tiene un serio problema de afectación patrimonial por la irresponsable actuación de quien le "asesora" o de quien se ostenta ante Usted como su abogado.

    En este momento, prácticamente puedo decirle que Usted ya perdió toda posibilidad de exito en su caso.

    Por una parte, la nulidad de juicio concluído es absolutamente improcedente porque su caso no encuadra en ninguna de las hipótesis prevista por la ley para ese efecto.

    Efectivamente, el juicio de amparo indirecto, por falta de emplazamiento legal al juicio de usucapion, era la estrategia procesal adecuada. Sin embargo, al haberse Usted dado por enterado del juicio de usucapion o prescripción positiva desde el momento en que promovió el diverso de nulidad, Usted perdió la oportunidad de promover el amparo al haber transcurrido el plazo de quince días hábiles para interponerlo mismo que corre a partir de que Usted tuvo conocimiento de la existencia del juicio de usucapion.

    Le recomiendo, sin muchas expectativas a su favor, que consulte con un Abogado, no coyote, no tinterillo.

    Saludos cordiales.