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  • Consulta : 103632
  • Autor : camacho
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  • Autor
    Respuesta No: 212808

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Como lo aconsejan los foristas que me anteceden, el contrato prorroga sus efectos, aun cuando el inmueble cambie o pueda cambiar de dueño, ademas si el termino por el que usted contrato en el contrato esta vencido, se prorroga voluntario para ambas partes. En este contexto, es acertado el consejo que le dan, deposite sus rentas a favor de al sucesion del arrendador, y no se salga del departamento, hasta que haya una orden de un juez civil de desocupacion, para lo cual la sucesion del arrendador o el que se adjudique el inmueble, previamente deben de comunicarle legalmente su deseo de que usted desocupe el departamento, pero debe ser una notificacion legal y una vez que le sea notificada, usted puede reconvenir la prorroga del contrato, si esta al corriente de sus rentas. Atte. Lic. J. L. Camacho.