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  • Consulta : 102147
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 210770

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consulatante:

    Los edictos se publican en periódicos de circulación nacional, aunque también los encuentra en diarios locales.

    Vaya a los juzgados civiles de su estado, afuera de los mismos, se adhiere una hoja, que se denomina estrados , los identifica con la leyenda : Se convocan Postores, y viene el acuerdo que ordena el remate público, el precio base, los datos del inmueble. Hay que exhibir un billete de depósito de por lo menos el 10 % del valor del inmueble, ya que sin ese réquisito no le dejarán entrar al remate.

    Le recomiendo que se asesore de un abogado, para estar seguro; y puede resultar un buen negocio, se pude ahorar hasta un 30 %.