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  • Consulta : 101328
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 209544

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Sugiero que acudan los dos a registrar al menor, de esta manera usted se protege; ya que podrá demandarle el pago de una pensión alimenticia para su hijo, si el señor no lo registra; usted tednría que promover un juicio de reconocimiento de paternidad, el cual es costoso.

    Dice  que no quiere pensión para usted, pero su hijo si la necesita; y su padre es el primer obligado a ello.

    Por el solo hecho de ser la madre,  usted tiene la guarda y custodia del menor.

    En cuanto a lo de llevarse al niño, si se puede hacer; pero escuchando siempre la opinión del padre; todos estos detalles se ventilaran en el juicio o convenio respectivo.

    Le sugiero que acuda el DIF mas cercano a su domicilio, a efecto de que reciba una atención de carácter personal o bien acuda con un  abogado particular.