- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 101095
- Autor : CyC Abogados
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 341
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 7463
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 209221
-
Fecha de respuesta: Lunes 07 de Febrero de 2011 17:41 2011-02-07 17:41 desde IP: 201.110.78.155
Este tipo de procedimientos llevan su tiempo asi que sera necesario que se arme de paciencia,.En cuanto le llegue la notificacion que corresponda tendra un plazo de 45 dias para interponer el recurso o juicio correspondiente y en caso de que en ese periodo usted no lo "combatiera" se entenderia que esta conforme con la multa.
Ahora,el Estado le impone la sancion por las violaciones que "cometio" partiendo del entendido que todo acto administrativo es valido salvo que se decalre lo contrario por autoridad competente, luego entonces hay que impugar para dejar sin efectos el procedimiento que ya ha iniciado.
Con la sentencia que emita el TFJFA dependiendo de lo que se pida y partiendo del principio de que "lo accesorio surte la suerte de lo principal" al momento que su abogado combata el acto, dejara sin efecto todo lo que de el se derivó, multa, actualizaciones, pago por piso etc.
De ahi la importancia que su abogado conozca la materia y salga usted avante de su problema.
Es muy importante estar plenamente seguros de que no se le ha notificado nada de manera directa o indirecta, (por coducto de su familiar) por que las autoridades muchas veces violan procedimientos y dejan en indefension a los particulares, y en ocasiones poco se puede hacer.
De lo que relata se presume que con una buena defensa sin problemas su asunto se resuelva a su favor solo hay que estar al pendiente de el. Salvo la mejor opinion de los ilustres abogados que en este foro aportan.
Saludos cordiales.
-
Autor





