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AutorRespuesta No: 208893
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Febrero de 2011 22:48 2011-02-04 22:48 desde IP: 189.216.173.196
Ya lo he mencionado en otras consulta similares. La inconstitucionalidad de los organismos fiscales autónomos como órganos ejecutores en donde son parte al mismo tiempo. Si a Usted alguien le debe dinero, debe acudir ante la autoridad para hacer valer su crédito con las pruebas necesarias, Usted no puede embargar a su deudor de forma directa, necesita una orden de autoridad competente que funde y motive la razón legal del procedimiento. Sin embargo, el SAT, IMSS, ISSSTE, INFONAVIT, etc... sólo emiten un crédito fiscal y ellos mismos lo ejecutan sin necesidad de acudir a ninguna autoridad. Esa es mi recomendación y suerte.
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