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AutorRespuesta No: 208899
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Febrero de 2011 23:15 2011-02-04 23:15 desde IP: 189.168.84.225
QUE EL CONTRATO ES EL CONVENIO Y EL TÌTULO DE CRÈDITO ES EL QUE LO AVALA ( ES DECIR EL REPALDO ).
POR EJEMPLO CUANDO COMPRA UN CARRO NUEVO DE AGENCIA EN MENSUALIDADES USTED FIRMA EL CONTRATO QUE AMPARA EL CRÈDITO Y TAMBIÈN FIRMA UNA SERIE DE PAGARES QUE EN ESTE CASO SERIAN LOS TÌTULOS DE CRÈDITO.
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