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  • Consulta : 100124
  • Autor : HallamQQ
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  • HallamQQ
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Saludos. Considere que lo que señalan los participantes que ya le respondieron es una posibilidad muy real y muy común. Sin embargo, por supuesto que existen esquemas de outsourcing que no están diseñados para violar gravemente sus derechos. Lo importante en este caso es que Ud. lea todo lo que firma. Si le van a pagar sus vacaciones, por ejemplo, respetando la antigüedad que ya tiene generada, entonces difícilmente valdrá la pena arriesgar su empleo negándose a firmar.

    Puede darse el caso, incluso, de que Ud. firme un contrato en el cual renuncie a ciertos derechos; pero la mayoría de los derechos laborales son irrenunciables, de manera que, ante la necesidad de promover un juicio laboral, su posibilidad de probar que prestó sus servicios a un determinado patrón (sea directamente o a través de un intermediario) desde la fecha que pueda probar con recibos, testigos o su afiliación al IMSS, es prácticamente igual a la que tendría fuera del esquema de outsourcing.

    De manera que, habiendo leído lo que tenga que firmar, lo conveniente es que valore si sus dos años de antigüedad justifican comprometer su trabajo. Si hasta ahora el trato que ha recibido de la empresa ha sido serio, es razonable que tome una decisión hasta después de haber visto el impacto que tendrá el nuevo esquema en su economía. Tanto en el aspecto laboral como de seguridad social existe la responsabilidad solidaria del beneficiario de los servicios (su actual patrón) en caso de que el outsourcing no cuente con los medios (capital) para pagarle las prestaciones o indemnizaciones que lleguen a generarse a su favor.