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AutorRespuesta No: 1356
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Octubre de 2011 22:30 2011-10-12 22:30 desde IP: 189.165.128.211
para poderte dar una asesoria mas acertada, primero deberas aclarar a que delito, y legislacion te refieres, pues aunque indicas articulo 225 y fracccion XXXI, y aludes que tu estado de referencia es D.F. no existe, tal fracción ni tales sanciones. tambien aclara si hubo o no condena en reparacion de daño, si hubo fijacion de quantum o no?
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