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  • Consulta : 946
  • Autor : abogadomendoza
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    Respuesta No: 1315

  • abogadomendoza
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes:

    Referente a los probelmas de su familiar que esgrime, con gusto ofrezco mis comentarios al margen de revisar el proceso y analizar la declaración del denunciante le comento que:

    Una vez presentada la denuncia ante el C. Agente del MP correspondiente y una vez hechos las periciales necesarias a la posible víctima y dependiendo de los resultados de dichas periciales el MP procedará a girar una orden de presentación a la brevedad si no existe duda del abuso sexual denunciado, en caso contrario el expediente será turado a la mesa de trámite sin detenido a efecto de que el presunto responsable sea citado a rendir su declaración ministerial.

    Para tal efecto, el presunto respnsable recibirá por medio de citatorio dicha invitación a rendir su declaración ministerial, ahora bien, para ello es necesario que asiste acompañado de abogado ante el MP., el presuto responsable puede presetar su declaración y/o reservarse su derecho a declarar y presentarla por escrito.

    Es importante decir que si el presunto responsable no a sido privado de su libertad es probable que el MP no cuente con pruebas suficientes para proceder a cnsignarlo.

    Con respecto a la cantidad que su abogado soicitó no tengo comentarios ya que si el MP giro citatorio para su presentación a declarar es muy probable que el delito no sea configurado de forma adecuada y tal vez no se requera dicha cantidad para dadivas.

    Referente a las copias certificadas solicitadas, dichas copias deben ser solicitadas por medio de una promoción y/o en su defecto en la declaración ministerial que el presunto haga ante la autoridad.

    Quedo a sus ordenes para cualquier comentario.

     

    Abogado R. Mendoza

    Mendoza, Reynoso & Miranda Abogados.

    Tel: 01-3064-2782

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