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AutorRespuesta No: 1302
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Fecha de respuesta: Lunes 05 de Septiembre de 2011 13:01 2011-09-05 13:01 desde IP: 189.234.160.147
Perdón. No había visto tu estado de referencia, ya revise la ley para el DF, y ya es acreedor a algunos beneficios. Solo es cuestión de tramitarlo anta el órgano correspondiente, como pudiera serlo la Direccion General de ejecución de sanciones
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