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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Agosto de 2011 22:29 2011-08-19 22:29 desde IP: 201.114.180.128
Hola: Breve te comento una hipotesis, Un sujeto esta arraigado en la siedo, ofreces pruebas de descargo a su favor, pero el Mp federal se niega a recibirlas y desahogarlas,interpones un amparo en contra de la negativa del Mp de admitir esos medios de prueba, te conceden la suspension tanto provisional y la sentencia del Juez de Distrito en Materia de amparo te concede la definitiva y es como le notifican al Mpf la resolucion y le ordenan que cumpla con la ejecutoria, pero el Mpf en esa temporalidad lo consigna a un Juez penal, y el juez de distrito en amparo en ese momento de oficio determina se sobresea el Juicio de Amparo, porque le fue cambiada la situacion juridica al procesado, y ya no existe materia de agravios....increbible pero si funcionan los sonsos Jueces de Distrito....esto es Mexico.......EL PODER JUDICIAL FEDERAL, imaginen ustedes cual es el criterio que tiene nuestra legalidad.
LIC. ESTRADA
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cel. 55 43442775
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