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AutorRespuesta No: 1272
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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Agosto de 2011 00:04 2011-08-15 00:04 desde IP: 189.131.75.82
Antes que nada, debes tomar en cuenta que hay un homicidio culposo, por lo que tal delito se persigue de oficio...Si la aseguradora te liberó bajo fianza ello significa que garantizaron el pago de la Reparación del Daño lo cual incluye lo del occiso, lo cual no significa que no puedan consignar en cuanto hayan realizado las diligencias necesarias...Ahora bien, no te angusties; estás bajo fianza lo cual significa que te llegará un citatorio del Juzgado Penal en el cual radiquen tu asunto para que te presentes a declarar y después de 72 horas dictarán tu situación jurídica, y como hay homicidio será auto de formal prisión, no se necesita ser adivino para saberlo...Bien, una vez que se ye dicte, tu abogado podrá solicitar que se te conceda la libertad bajo fianza y en caso de que el Juez de lo penal considere que lo que exhibiste en el Monisterio Público no es suficiente, te lo hará saber mediante acuerdo...No obstante, es importante que verifiques en la Averiguación Previa si los Deudos ya te otorgaron perdón, en caso de que no; pues tu abogado los puede localizar (la dirección y teléfonos constan en la misma averiguación) y pedirles que te otorguen el perdón y si aceptan solicitar al M.P fecha y hr para que comparezcan (debes asegurarte que el que te otorgue el perdón tenga la personalidad jurídica para hacerlo: Albacea Provisional como mínimo, ya que si no es así; de nada te servirá.... Mira, ante todo debes contratar un abogado o abogada que se dedique a tu asunto; a veces por confíarse en las aseguradoras salen más perjudicados.(el problema de contratar a un abogado libera de toda responsabilidad y obligación a la aseguradora; eso lo dicen casi todas las polizas de seguros, sino checalas y lo verás). Tu asunto es sencillo, pero debes asegurarte de que tu defensor o defensora trabaje...Un saludo.
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