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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Agosto de 2011 13:41 2011-08-01 13:41 desde IP: 201.141.199.131
Respondo:
Es importante determinar si la compra venta del auto fue anterior o posterior a la demanda de embargo, si fue la segunda opción, usted debe promover una tercería a efecto de acreditar que usted es el tercer perjudicado en el caso para que el C. Juez de Distrito valore las preubas a efecto de que destrabe el embargo de dicho bien.
Ahora bien, se presume también un posible farude y/o abuso de confianza en la vía penal.
Quedamos a sus ordenes.
Abogado Mendoza.
Mendoza, Miranda & Reynoso Abogados.
Tel: 3064-2782, Cel: 044-55-3064-2782
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