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  • Consulta : 806
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 1152

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola:  A ver si estamos en lo correcto si la pena es de 2 años 23 dias, cual fue el sentido de interponer el recurso de apelacion, estando su hermano interno, cuando tenia a su alcance los beneficios de conmutacion de la pena para alcanzar la libertad.... si es estrategia de defensa, respetable,pero fuera  de toda logica, pues podia tener el beneficio de conmutacion...

    Ahora bien ni en la Doctrina, ni en la Ley misma ha quedado establecido que su cuñada, deba estar en el domicilio, invitenla a abandonar el domicilio que ocupa y maxime si ella fue quien denuncio el maltrato al menor. y si se pone la cosa complicada, simple ya no la dejen entrar..

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775.