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Fecha de respuesta: Martes 28 de Junio de 2011 11:16 2011-06-28 11:16 desde IP: 187.159.171.233
Hola: A ver si estamos en lo correcto si la pena es de 2 años 23 dias, cual fue el sentido de interponer el recurso de apelacion, estando su hermano interno, cuando tenia a su alcance los beneficios de conmutacion de la pena para alcanzar la libertad.... si es estrategia de defensa, respetable,pero fuera de toda logica, pues podia tener el beneficio de conmutacion...
Ahora bien ni en la Doctrina, ni en la Ley misma ha quedado establecido que su cuñada, deba estar en el domicilio, invitenla a abandonar el domicilio que ocupa y maxime si ella fue quien denuncio el maltrato al menor. y si se pone la cosa complicada, simple ya no la dejen entrar..
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775.
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