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- Autor : Lic Teresa Ramos
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AutorRespuesta No: 1107
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Fecha de respuesta: Jueves 09 de Junio de 2011 12:39 2011-06-09 12:39 desde IP: 187.159.162.20
Buenos tardes Dudasyadi.
Por lo que entiendo, tu hermano está actualmente en la etapa de instrucción, es decir, aún no le han dictado sentencia, espero no estar en un error.
De acuerdo a eso, el Recurso de Apelación lo pueden interponer el propio inculpado o su defensor, sin embargo, tienen un término para hacerlo, lo que considero, según tu narrativa, ya debió haber fenecido y de ser así, lo procedente sería nuevamente recurrir al Juicio de Amparo en contra del mencionado auto; obviamente que para poderte proporcionar datos precisos, necesitaría saber con exactitud el estado jurídico actual de tu hermano.
Ahora bien, por lo que respecta al beneficio de la prelibertad con el “brazalete electrónico”, éste es únicamente para quienes se encuentran compurgando una pena privativa, es decir, que ya se les dictó una sentencia condenatoria y para obtener dicho beneficio, necesitan cubrir ciertos requisitos.
Quedo a tus ordenes al correo “avila y ramos arroba hot ma il . co m” (todo junto).
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