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Fecha de respuesta: Domingo 05 de Junio de 2011 10:58 2011-06-05 10:58 desde IP: 187.159.176.69
Hola: Claro forista, no alcanza el beneficio que usted comenta,tal y como usted lo dijo la penalidad es de 4 años tres meses, y para que se le conceda algun beneficio, debe tener una penalidad maxima de 4 años, ahora bien referente a lo que comenta que el denunciante no ratifico ante la presencia de un Juez, eso debieron combatirlo ustedes en el proceso, pues de ser un mero indicio,paso a tener un valor probatorio pleno, y le pregunto que hicieron ustedes en el proceso, cuando el ofendido no se presento, insistieron en la comparecencia, o tan solo se desistieron de la ampliacion de Declaracion, creo que por ello sentenciaron, ahora bien deben gestionar ante el Director del penal, y presentar su solicitud de la concesion de sus beneficios.
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
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