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  • Consulta : 717
  • Autor : LicXibalba
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    Respuesta No: 1098

  • LicXibalba
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Ya lo dijo usted, viene la etapa de CONCLUSIONES DE LA DEFENSA y es donde todos los apuntes y contradicciones que menciona sobre el caso de sus familiares deben FUNDARSE Y MOTIVARSE, es la etapa en donde hay que "encarrilar" el asunto de tal manera que, si el juez ya ha venido notando la inoperancia de los medios de prueba sobre las imaciones, es la hora de convencerlo con base en la Ley. Efectivamente necesita asesoría efectiva y especializada para formular esas conclusiones y dejar al descubierto pero de manera jurídica las irregularidades del proceso.