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  • Consulta : 697
  • Autor : GERARDO GUERRERO
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  • Autor
    Respuesta No: 1037

  • GERARDO GUERRERO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mire el Juez SI puede tener el expediente, pero no por ello no lo deben prestar al defensor legalmente acreditado en el proceso.

    Su abogado defensor debería saber esto y exigir que le pongan a la vista el sumario para que conozca de la acusación que pesa sobre el inculpado.

    Igualmente, su defensor o defensor del acusado debe saber que puede ocurrir al  Juicio de Amparo y en el juicio de garantías constitucionales pedir se mande copia o el epxpediente y ahi lo puede consultar.

    En fin, hay varios caminos para ver el expediente.

    No tengo a la mano el Código Penal de la entidad en donde se ubica al activo, pero la mayoría de los códigos contemplan que los delitos de querella prescriben en un termino de dos o tres años y por la fecha que señala, creo, ya prescribió el delito y la acción penal, es decir ya no lo pueden detener y menos enjuiciar.

    Gracias.