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  • Consulta : 661
  • Autor : jcaesar
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  • jcaesar
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    saludos.

     puedes checar por ti mismo o mejor aún,  por conducto de un abogado, a quien deberas nombrar como tu defensor por escrito, en la agencia que se integro la previa y que el haga las gestiones necesarias. en si es estar al pendiente de que se archive la previa o bien, vigilar si es que se consigna a los juzgados y estes en aptitud de prever la posible orden de aprehension que por tratatrse de resoluciones en sigilo, y l no sr susceptible de notificarsete, de ordinario te enteras de su existencia o bien cuando te andan buscando, par hacerla efectiva, o cuando te aprehenden.

    como tip extra, te he de sugerir que en los juzgados penales de tu estado indagues si el consejo de la judicatura de tu estado tiene sistema de como (aca en jalisco se encuentra en el area de trabajo social) se cuenta con una comadora que permite a cualquier persona el checar los numeros de averiguaciones previas tecleando el numero y año correspondiente a la indagatoruia. asi que con el numero de averiguacion previa te va reportar un listado de todas las av. previas que con ese numero de previa han consignado todas las agencias. ya nada mas coteja cual es el que corresponde a la agencia que te cito, pues es posible que coincidan varias averigfuaciones, pero que no tengan nada que ver contigo, solo coinciden en el numer de previa, pero provienen de otra agencia. tambien aparecen los numeros de juzgados a los que se turnaron y el numero de expediente que le toco, ya en el juzgado o juzgados podras pedir a alguien que cheque en el libro de gobierno correspondiente los datos, si aparace en blanco, puede ser que se trate de una orden de aprehension, (pero deberas descartar posibilidades con las fechas, posibles recusaciones, en fin debes depurar la informacion) si tiene nombres anotados, ajenos al tuyo y al de tu contraparte, se tratara de una mera coincidencia. 

    en cuanto a la clasificacion del robo, es una cuestion que resulta muy relativa, pues refieres que tu la pagabas, lo que en mi concepto es idoneo para inconfigurar el robo. tampoco detallas los hechos en si, que es de lo que depende la clasificacion que pueda hace el juzgador.