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  • Consulta : 632
  • Autor : GERARDO GUERRERO
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  • Autor
    Respuesta No: 983

  • GERARDO GUERRERO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No existe una regla general para determinar la pensiópn alimenticia, ya que cada caso es diferente.

     

    Algunos jueces estiman un 20 % por cada dependiente, el problema surje cuando son varios los dependientes que no alcanza.

    Otra regla ha sido que el 50 % es para el deudor alimentista y el resto para los acreedores, pero también tiene sus inconvenientes si se quiere generalizar.

     

    de tal manera se puede concluir lo que ya mencioné: No existe regla. Se debe estudiar el caso y prudencialemnte fijarla.

    Cómo ni están de acuerdo se debe dar lo que sea necesario y posible dar. En todo caso, quine esté inconforme que promueva la acción correspondiente.

     

    La mamá se debe conformar con lo justo. Para dar pensión no se toman en cuenta los ingresos de la nueva compañera del deudor, solamente los ingresos de quien debe pagarla.