Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 60
  • Autor : LIC. COBIAN
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 30
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 3306

  • LIC. COBIAN
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimado Minato:

     

    Es menester presisar que es la prescripcion (sic):  es una figura jurídica mediante la cual el simple transcurso del tiempo produce la consolidación de las situaciones de hecho, permitiendo la extinción o adquisición de derechos, ahora bien; la prescripcion de un tipo penal es proporcional al termino medio aritmetico, es decir en el supuesto que un delito su pena minima sea de 4 años y la maxima de 6 años, el termino medio aritmetico se obtiene de la siguiente manera:

    pena minima + pena maxima / 2 = termino medio aritmetico

    4 años      + 6 años = 10 años / 2 =     5 años - ( termino medio aritmetico en que prescribe un delito) 

     

    ese seria el tiempo en que tu deberas estar sustraido de la ccion de la justicia para que tu delito pudiera llegar a prescribir.

     

    Saludos y espero te sirva esta informacion.

    abogado punto cobian arroba punto coom