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AutorRespuesta No: 853
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Fecha de respuesta: Jueves 10 de Marzo de 2011 19:37 2011-03-10 19:37 desde IP: 189.165.123.224
mira en tu consulta refieres que quien llego fue un ministrial, que traia unas hojas membretads, que venia del juzgado de la penal y pregunto por tu esposo.
tus dudas tienen origen a raiz de dos adeudos que en principio de cuentas son de caracter no penal, o como tu bien dices de naturaleza mercantil.
como dices que la persona venia de un juzgado penal, solo veo que atienda a tres opciones: o se trata de un citatorio en el que tu esposo sea requerido para presentarse, por ejemplo para declarar, o bien para un careo, o alguna prueba que haya sido ofrecida por alguien en un proceso penal. no creo que sea esta opcion dado que normalmente estos citatorios son entregados o por el actuario judicial o notificador del juzgado, o bien por auxilio de la policia, normalmente se ecomienda al juridico de la policia municipal. situacion que se descarta pues dices que era un agente ministrial, ademas de que aunque no lo hubiesen encontrado, hubiesen dejado el citatorio en el domicilio, no obstane que no encontraron al destinatario. la otra es que sea requerido por un juez, en atencion a queno obstante que el asunto que refieres sea de naturaleza mercantil, lo hayan revestido como un delito, como pudiese ser un fraude, si es que se logra acreditar un supuesto engaño por parte de tu esposo, de forma tal que hayn tildado ese adeudo, como un delito en si. la otra posibilidad que veo, atiende en razon de que se haya levantado una denuncia recientemente y el agente ministrial en atencion a un acuerdo del ministerio publico se haya avocado al conocimiento de los hechos y tal vez lo quiera presentear ante el ministerio publico para que rinda declaracion, por lo que tu dices lo veo casi nulo, que sea esta opcion, dado, que, hubiesen dado una fecha para que se presentar ante x agente o x agencia del ministerio publico a declarar, ademas de que si se supone quea penas se presentara unadeuncia, al tiempo que dices ha transcurrido, dudo mucho que se este en tiempo de haber interpuesto la querella.
asi pues, me inclino por pensar que se peda tratar de una posible orden de aprehension. en tal caso, efectivamente, como bien te dijo el abogado que consultaste, la unica manera de conocer fehacientemente si existe o no un pedimento de autoridad, no solo judicial, sino, alguna ministerial, es atraves del amparo. pues a traves de este se pide remitan informes a todas las autoridades contra quienes se pide el amparo. ahora bien lo cierto es que el amparo no evita que te detengan, lo que evita la detencion, es en todo caso, la suspension que se solicita normalmente al interponer la propia demanda de amparo. esa suspension para que no deje de surtir efectos, es necesario cubrir una garantia, osea un dinero, en cualquier medio legal. por eso pienso que te cobran esa cantidad.
en mi opinion te recomiendo que consultes un abogado que se ajuste a tus posibilidades y si como tu dices, existe la posibilidad de manetener a tu esposo unos dias escondido, eso permite que el abogado tramite el amparo sin necesidad de solicitar suspension, al menos claro, hasta el momento en que resulte que si existe la orden y que decidas si prefieres cubrir la garantia, puedes solicitar en ese mometo la suspension, o asi llevartela sin solicitar suspension alguna, hasta que se resuelva el amparo. si durante la primera etapa del amparo, las autoridades refieran que no existe una orden ni mandameinto alguno, ahi termina el amparo, sin necesidad de que pase a mayores.
si te fijas, tal vez te quedaste con la idea de que el amparo es gravoso, pues al haberte mencionado la cantidad de $20,000 pesos, ya acalambra, pero lo cierto es que habra abogdos que te cobren mas economico, siempre que no solicites suspension, pues pienso que te podrian cobrar hasta unos 3,000 0 5,000 pesos. esto solo incluiria claro,la presentacion de la demanda, la revision de los autos, para confirmar si existe o no orden o mandamiento de captura, pues te repito en caso de que informen que no existe la orden ahi termina el amparo y ya no se te cobra nada. cosa diferente seria que si existiera la orden, ahi el abogado va a necesitar ampliar los conceptos de violacion, dar continuidad al amparo, si no es grave el delito, presentar a la persona ante la autoridad que lo requiere, cubrir fianzas, en fin, varios detalles que podrian incrementar el costo. pero puedes contratar etapa por etapa, siendo que tal vez solo se estan asustando pues a lo mejor ni orden de aprehension existe.
tal vez el abogado que consultaste te cobro, tomando en cuenta que la garantia la fijan en unos diez mil pesos, y adelantandose a los hechos en que tal vez si sea cierto que exista la orden.
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