Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 523
  • Autor : jcaesar
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 18
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 852

  • jcaesar
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    en efecto el unico medio (legal) efectivo que se puede emplear es el amparo indirecto, pudiendose incluir como acto reclamado la poible orden de aprehension dictada por alguno de los 16 jueces del fuero comun, o alguno de los nueve en materia del fuero federal. dependiendo de los supuestos hechos que den pie al posible mandamiento judicial. tambien puede solicitarse contra una posible orden de detencion ministerial, pues existen casos en que el minsiterio publico ordena la detencion, (si es que se cumple con ciertos requistos, como la urgencia y la flagrancia), asi que se puede aprovechar el mismo amparo, para saber si se trata de uno o de otro mandamiento que en terminos sencillos conlleva a una misma cosa: la molestia a la libertad personal del sujeto.