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  • Consulta : 520
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    Respuesta No: 817

  • DR. SINIESTRO
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    B.N. SOÑADOR:

    El m.p. ya no puedes perseguir por la via penal el pago de la reparacion del daño, debido a que realizaste un convenio en donde se supone fue realizado de buena fé; sin embargo, ese convenio se puede exigir por la via civil, ya que la via penal  no puede exigir el pago.

    lamentablemente es necesario contrates un abogado para iniciar la demanda por la via civil.

    Si tu gustas te puedo asesorar y/o en un momento determinado representar  mi nombre es : ADRIAN JAVANA LOPEZ, vivo en el Estado de Mexico, mi telefono es el 04455 2849-4345 y 044551886-2413.