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  • Consulta : 519
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 836

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Esos plazos y terminos no los llevan a cabo las partes, pues son plazos establecidos en la Ley misma, y los Juzgadores tienen la obligacion de hacer respetar los mismos, ahora bien, usted jamas debe desesperarse, pues el Juez  para declarar  cerrada la instruccion al inculpado le da la posibilidad de ofertar nuevos medios de prueba por eso fueron esos nuevos 3 dias, ahora bien se cerro la instruccion, vienen las conclusiones y el Mp tiene un plazo para elaborarlas y ponerlas a la vista de la defensa la cual puede contradecirlas y argumentar su falta de motivacion y fundamentacion, por ello le digo no desespere...deje que su abogado no solo haga su trabajo sino que este resulte excelente al momento de emitir sus conclusiones.

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775.

    Nextel. 43250219

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