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  • Consulta : 50
  • Autor : IAASA
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    Respuesta No: 47

  • IAASA
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    (Resumen de Actividades)

    Lic. EXODO: Gracias por su atención a mi consulta, le explico:

    Una persona me compró, vía correo electrónico, unos materiales para su construcción, pago el anticipo pactado en la cotización-pedido, se le entregó el material, a la fecha lleva instalado en su obra, mas de la mitad de dicho material, cabe aclarar que el alcance del pedido únicamente es por el suministro, la instalación es por cuenta del cliente, en el pedido se pactó que la liquidación del material sería contra entrega del mismo, sin embargo el día de la entrega, solo cubrió una parte del adeudo pendiente, solicitandome una semana para completar el pago, sin embargo ya pasó mas de un mes y no me quiere cubrir el adeudo pendiente.

    De lo anterior tenemos que los elementos que se tiene son:

    1.- cotización vía correo electrónico.

    2.- aceptación tácita de la cotización, ya que hubo de pormedio el pago del anticipo

    3.- la entrega del material en la obra, del cual ya está instalado mas de la mitad, señalo que este tipo de material únicamente lo proveo yo, no está a al venta en ninguna otra parte, por lo que no podría alegarse que lo compraron en otro lado.

    4.- de cada pago efectuado, el suscrito entregó el recibo simple correspondiente, aún no se factura pues el cliente no ha proporcionado sus datos para facturación, pero la factura ya está reservada.

    5.- la suma de los recibos entregado por el suscrito al cliente, corresponde exactamente a la suma de los cheques expedidos por el cliente al suscrito, y en ambos casos es menor al monto de la cotización, siendo la diferencia entre dichas cantidades el adeudo pendiente por cubrirse.

    Al parecer el cliente no contaba con todo el dinero para hacer frente a todos los compromisos derivados de la construcción en la fecha de compra, puesto que argumenta que no ha tenido dinero, he intentado negociar con él, el pago a plazos, pero se niega a pagar y ya no contesta ni correos ni llamadas telefónicas.

    Por ello pregunto si se configura el delito de fraude por comprar algo a credito, para lo cual no se tenía la cantidad de dienro necesaria para cubrir la compra en la fecha en que la misma debía cubrirse y, además, ahora se está negando a pagar.

    Quedo en espera de su atenta sugerencia.

    Saludos y buen día