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  • Consulta : 450
  • Autor : EXODO
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  • Autor
    Respuesta No: 758

  • EXODO
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    en su momento hubo reparación del daño y si en el acta no se reservo el derecho la parte ofendida para poder reclamar en caso de que existiera una secuela, esto ya es asunto concluido, no obstante de que tiene la obligación de exhibir al ministerio público un historial cliníco que determine si la lessión que presenta es la misma que se le infirio en aquel momento y si esta es la que no ha sanado o nada tiene que ver con los hechos.