Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 420
  • Autor : LIC ESTRADA
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 832
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4412
  • : 42 %
  • : 57 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 724

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Bueno, existe una formalidad judicial, en donde antes de solicitar separacion de Autos, no debe existir pruebas pendientes por desahogar del inculpado, y si esto es factible..se solicita el cierre de la instruccion y una vez que se autorice, se solicita la separacion de autos, con la finalidad de centrarse a emitir conclusiones por parte del Mp y posteriormente la Defensa Particular.....

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775