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AutorRespuesta No: 697
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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Enero de 2011 17:27 2011-01-17 17:27 desde IP: 189.217.178.216
Distinguido Leonardo
Si a tu amigo lo encontraron a bordo de un vehículo ajeno reportado como robado, y el fue contratado para transportar en el algo y llevarlo a cierto lugar, de no comprobar que quien lo contrato era el legitimo propietario del vehículo, tu amigo será responsable del delito de robo a que refiere el articulo 349 del código penal Oaxaqueño, por lo que tienes que contratar un abogado para aclarar que el no se robo el vehiculo
Trascribo el siguiente:
Código penal
Artículo 349.- Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que pueda disponer de ella con arreglo a la Ley.
Quedo a sus ordenes para cualquier consulta
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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