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AutorRespuesta No: 562
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Fecha de respuesta: Viernes 10 de Diciembre de 2010 18:29 2010-12-10 18:29 desde IP: 189.131.235.170
ESTIMADO CONSULTANTE.
Me parece INSÓLITA SU PREGUNTA, en relación al tiempo en que se debe dictar por la autoridad judicial, SENTENCIA AL PROCESADO; pero más ISÓLITO ES, que después de transcurridos 8 años de prisión; aún lo haya dictado la setencia respectiva en contra del imado de los delitos que cita; a hora bien, la sentencia correspondiente debió de haber dictado por el juez penal correspondiente, ANTES DE UN AÑO, en que se le dictó el Auto de Formal Prisión al imado; en términos del artículo 20, apartado B,fracción VII de nuestra Ley Suprema; en relación a ¿ qué se puede hacer al respecto? , TRAMITAR INMEDIATAMENTE UN AMPARO INDIRECTO, POR VIOLACIÓN DE SUS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.
Espero le hayan sido de utilidad, las respuestas otorgadas a su consulta.
Saludos cordiales
Atte. Lic. Colombres
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