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  • Consulta : 325
  • Autor : colorado
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  • Autor
    Respuesta No: 563

  • colorado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ESTIMADO CONSULTANTE:

    Con antelación a  la presente consulta, se han emitido por parte de  diversos Abogados de este Foro, las respuestas correspondientes; ahora bíen ,le refiero que su Papá,  supongo que es primodelincuente, y de acuerdo a la sentencia pronunciada, que es de 387 días; SU PAPÁ ALCANZA EL BENEFICIO DE LA SUBSTITUCIÓN O CONMUTACIÓN DE LA PENA, en atención a lo que dispone el artículo 70 del Código Penal Federal;  para ello será necesaria la asesoría de un Abogado especialista  en materia penal, y si no lo puede pagar; solicite el apoyo respectivo del Defensor Público en su localidad; para que inicié inmediatamnte los trámites  correspondientes,para la obtención de la libertad de su progenitor.

    Espero  le haya sido de utilidad, la respuesta otorgada a su consulta.

    Saludo cordiales.

    Atte. Lic. Colombres