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  • Consulta : 3
  • Autor : lic.pereyra
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    Respuesta No: 2

  • lic.pereyra
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSIDERANDO SU CASO , ME SURGEN ALGUNAS INTERROGANTES, PRIMERO ¿AGOTO EL AMPARO?, SI ASI ES   ESPERO  APORTE DATOS PRESISOS PARA ESTAR EN APTITUD DE DAR UNA RESPUESTA MAS PUNTUAL SOBRE LA ADECUACION DE LA PENA O LAS MEDIDAS LEGALES A INTENTAR , Y , ACERCA DE SI ALCANZA ALGUN BENEFICIO, EL CODIGO PENAL CONTEMPLA LOS CASOS DE EXCEPCION EN LOS CUALES ES PROCEDENTE OTORGAR BENEFICIOS  A LOS INFRACTORES DEL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL, ES CUESTION DE PLANTEARLO DE MODO CORRECTO Y DEBIDAMENTE FUNDADO.