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  • Consulta : 278
  • Autor : colorado
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  • Autor
    Respuesta No: 472

  • colorado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ESTIMADO CONSULTANTE:

    Dudo mucho, que  el bufete lo pueda embargar en dos días; de que lo pueden embargar, si pueden, siempre y cuando Usted tenga  registrados a su nombre,bienes muebles o inmuebles; es necesario que Usted acuda con el Abogado de su confianza, para que lo aseore al respecto, pues si Usted realiza, por su cuenta, cualquier pago, abono, o acuerdo, en relación a su adeudo; seguramente en un futuro, Usted tendrá  mayor adeudo, y más problemas legales; debido  a lo anterior, consulte a  su Abogado de Confianza, y si no lo pude pagar, acuda con el defensor público, o a cualquier  bufete jurídico, de cualquier universidad de su localidad..

    Saludos Cordiales.